Conoce todos los detalles sobre el cobro de la Caja Complementaria para la Actividad Docente

Todo sobre el cobro de la Caja Complementaria para la Actividad Docente

Si eres docente esta publicación es para ti, muchos profesionales de la educación no tienen conocimiento previo sobre la caja complementaria es por eso que al momento de cobrar existen atrasos e inconvenientes con respecto a este pago. En este post conocerás todos los detalles sobre el cobro de la Caja Complementaria para la Actividad Docente. Además de esto aprenderás cuáles son los requisitos para personal activo, jubilado y pensionado. Lee la siguiente información que será de gran ayuda y aclarará tus dudas:

Índice
  1. Caja complementaria ¿Qué es y para qué sirve?
    1. ¿Qué organizaciones representa?
    2. ¿Cuál es el propósito?
  2. ¿Cómo cobrar el beneficio complementario?
    1. Requisitos
    2. Documentación requerida
  3. ¿Cuánto es el monto que se da?

Caja complementaria ¿Qué es y para qué sirve?

Antes de conocer los requisitos, debes tener conocimiento de los que es la caja complementaria para la actividad docente. Este beneficio fue creado en 1975 como ley para ayudar al proletariado educacional, este programa de complementación va dirigido al personal activo, jubilados y pensionados como una ayuda económica por parte del Ministerio de Educación y Cultura.

Esto fue autorizado como un convenio firmado y certificado por la Unión Docentes Argentinos, lamentablemente esta ayuda fue cancelada en 1983 por el decreto No. 22804, pero posteriormente fue cambiado bajo la ley 23646 y se estableció la Complementaria para la Actividad Docente. Quedando como una entidad con firma jurídica autónoma y libre de carácter estatal. Es un derecho constitucional público.

Por otro lado, esta institución y programa tiene el beneficio de ser de carácter autónomo, financiero y administrativo. Todo esto basado bajo la ley ya mencionada anteriormente.

¿Qué organizaciones representa?

Para comprender un poco más sobre la Complementaria para la Actividad Docente, esta fundación u organización representa tres diferentes instituciones que las siguientes:

  • Ministerio de Educación de la Nación.
  • Los Sindicatos docentes:
    • AMET
    • Sadop
    • UDA

Además de esto, se hace una elección para elegir un delegado para los jubilados, esta elección se realiza cada 4 años y también se elige un representante por parte del personal activo docente.

¿Cuál es el propósito?

Este sistema fue creado con el propósito de complementar los pagos a los jubilados logrado aportar por lo menos un 82% al cobro mensual. Es una manera de acumular fondos para cubrir los pagos a los jubilados y pensionados con el aporte de los activos. Es una forma de recaudación.

La manera de cobro es la siguiente:

Después de recaudar el 85% de los fondos, un agente público de retención realiza una retención (valga la redundancia) de un 4,5% del sueldo o aporte de los docentes inscritos al sistema. Este empleado público, posteriormente deposita el dinero en la cuenta de ahorros para el beneficio complementario dirigido a los docentes.

¿Cómo cobrar el beneficio complementario?

Ahora viene la parte que más te interesa, y es cómo cobrar este beneficio complementario:

  • Paso 1: debes reunir todo lo requisitos y documentación obligatoria que pide el sistema de complementación.
  • Paso 2: dirigirte a la web oficial y descargar el formato PDF de la forma B2000 o descárgalo desde aquí:
  • Paso 3: después de cumplir con los primeros pasos, debes elegir la vía para gestionar este trámite que son las siguientes:
    • A través del UGB o Delegaciones autorizadas.
    • Enviar una carta a vía postal a la dirección Adolfo Alsina 875 (CP 1087) en Buenos Aires.
    • Ir personalmente y presentarte ante la oficina de Alsina 875 en el departamento de Caja Complementaria.

Requisitos

Ahora, veamos cuáles son los requerimientos y documentación necesaria para optar por este beneficio.

Según los reglamentos nombrados anteriormente, las secciones 5 y 6 modificadas en la ley 23646 establecen que para recibir este beneficio, los docentes no deben estar en función (trabajando),  además paralelamente de tener un status de pensionado o ser jubilado. Si cumples con estos requisitos debes:

  1. Conceder los documentos a la Caja del beneficio complementario conforme a tu estatus vinculado.
  2. Debes hacer la notificación a la entidad, esto se realiza normalmente en 10 días para recibir respuesta para el pago fraccionado o completo del complemento docente.

Documentación requerida

La documentación para obtener el beneficio es la parte más fundamental y debe cumplirse con perfección para evitar inconvenientes de registro o la negación del mismo. Veamos cuales son los papeles que necesitas:

  • Tu DNI (Copia por ambas caras)
  • Acta de fallecimiento (si el beneficiado muere y el cónyuge necesita cobrar)
  • Acta de casamiento (si se aplica)
  • Certificado de comprobación con fecha para recibir el beneficio de la caja complementaria.
  • En caso de coparticipación, deberás traer la constancia aprobatoria por la entidad con su fecha y porcentaje.
  • Recibo de pago.
  • Formato PDF de la forma B2000.
  • Declaración firmada y jurada.

¿Cuánto es el monto que se da?

Esto no tiene un monto específico, ya que este beneficio se paga dependiendo de un cálculo mensual, estos son los pasos a seguir:

  • Paso 1: se toma 36 meses de las 70 semanas antes de dejar de la fecha de haber ejercido laboralmente como docente. Esta es la forma correcta de promediar.
  • Paso 2: lo segundo es según los resultados del promedio, se aplica en el cálculo de porcentajes basados en el tiempo trabajado (antigüedad) entre otras variantes. Para los pensionados se aplica un 75%.
  • Paso 3: si la cuenta da menos de 10% el pago será lo mismo, es decir, que si tu cuenta da 8% del cálculo, ese será tu cobro.
  • Paso 4: considerando la ley (para evitar mal entendidos) se dicta que los cobros de este beneficio no pagará 100% o un 75% si eres personal que cobra pensión.
  • Paso 5: las fechas de pago en el cronograma son los siguientes según la ley: (entre 1 a 20 días hábiles en los meses pares)

Como podrás ver, el cobro de la de este dinero complementario dedicado a los docentes sin funciones laborales, a los jubilados o personas pensionadas del ramo docente no es tan complicado de entender. Te recomendamos que sigas al pie de la letra y hagas la consignación de los papeles obligatorios para que puedas recibir sin problemas tu beneficio. Esperamos haberte ayudado.

  1. Liliana López dice:

    Hoy es 1 de agosto y no me depositaron la caja complementaria
    Tiene vencimiento está compensación?

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